Abogacía de autónomos

REDAM: requisitos de inscripción y revisión del expediente

La Ley 2097 exige comprobar la obligación, la mora y el trámite; no basta con una reclamación informal.

Ilustración generada con IA: Persona ante un portátil con formulario digital (escena ilustrativa con personas ficticias)
Imagen generada con IA · escena ilustrativa con personas ficticias

La mora que contempla la ley

El artículo 2 de la Ley 2097 de 2021 comprende la mora desde tres cuotas alimentarias, sucesivas o no, establecidas en sentencia ejecutoriada, acuerdo de conciliación u otro título ejecutivo con obligaciones alimentarias. Incluye alimentos congruos o necesarios, definitivos o provisionales.

Solicitud y defensa

El artículo 3 regula la solicitud ante el juez o funcionario competente y el traslado al presunto deudor por cinco días hábiles antes de decidir. El expediente debe permitir identificar cuotas, pagos y título. La existencia de justa causa y el derecho de defensa no pueden descartarse con una fórmula general sobre la capacidad económica del deudor.

Efectos que no deben confundirse

El artículo 6 enumera consecuencias en contratación estatal, cargos públicos, determinados trámites notariales y bancarios, salida del país y otros ámbitos. Cada efecto debe consultarse en su texto y condiciones; esta ficha no atribuye una prohibición general de contratar ni restricciones de tránsito no comprobadas.

Pago y cancelación

El artículo 3 contempla comunicación de cancelación al acreditarse el pago total de las cuotas en mora. También prevé reglas específicas de reincidencia: tres meses de registro en la segunda oportunidad y seis en las siguientes bajo el supuesto del parágrafo 2. Por eso sería incorrecto prometer que cualquier pago o acuerdo de pago produce siempre una retirada inmediata.

Fuentes

  1. Ley 2097 de 2021, Secretaría del Senado. Consultada el 4 de noviembre de 2026.

Las fuentes utilizadas se identifican en esta lista; las crónicas periodísticas se atribuyen a su medio de origen.

Redacción Agente Lex Redacción

Equipo editorial de AGENTE LEX. Elaboramos análisis y actualidad para la abogacía a partir de fuentes públicas y oficiales, que enlazamos al final de cada artículo.

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