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Servidumbre: qué es y significado jurídico

Gravamen real sobre un inmueble en beneficio de otro de distinto dueño.

Ideas clave

  • El favorecido es el predio dominante y el que la sufre, el sirviente.

Texto oficial

Código Civil Federal (DOF 26/05, 14/07, 03/08 y 31/08/1928), Art. 1057 · fuente diputados.gob.mx

Artículo 1057.- La servidumbre es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño.

El inmueble a cuyo favor está constituida la servidumbre, se llama predio dominante; el que la sufre, predio sirviente.

Ver en la fuente oficial

Aplica en materia federal y al Distrito Federal históricamente; la regulación civil es principalmente estatal. Ficha informativa de la norma federal, no de cada código estatal.

Verificado el 21/10/2026 contra la fuente oficial citada. Definición verificada contra la fuente oficial; no incluye disposiciones transitorias ni jurisprudencia. Contenido informativo, no es asesoramiento legal.

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