La IA rebasa la regulación jurídica en México, advierte especialista de la UASLP: los puntos que importan a los despachos
Saúl Rodríguez Corona, especialista en Derecho Constitucional y Amparo, señaló los riesgos de sesgos algorítmicos, la responsabilidad por daños y la necesidad de criterios generales coherentes con derechos humanos.

La inteligencia artificial le está ganando la carrera a la regulación jurídica en México, advirtió el maestro Saúl Rodríguez Corona, catedrático de la Facultad de Derecho Abogado Ponciano Arriaga Leija de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), en una entrevista publicada por Realidad San Luis el 25 de octubre.
"Nos está ganando la inteligencia artificial en cuanto a la carrera con la regulación propia de la misma", señaló el especialista en Derecho Constitucional y Amparo, quien planteó que México enfrenta un desfase entre el desarrollo de estas herramientas y la construcción de un marco jurídico que permita regularlas.
Los desafíos que identificó el académico
Rodríguez Corona explicó que, aunque la inteligencia artificial no es un concepto nuevo, la expansión generativa a partir de 2020 abrió nuevas posibilidades y riesgos legales. Los desafíos que enumeró:
- Derechos humanos y datos personales: protección frente a usos que comprometan derechos fundamentales.
- Sesgos algorítmicos: los sistemas pueden generar resultados discriminatorios.
- Responsabilidad por daños: determinar quién responde cuando el uso de estas herramientas ocasiona daños a una persona u organización.
- Derechos de autor, imagen y voz: el consentimiento y las condiciones de uso son relevantes cuando se utilizan datos o materiales de terceros, sobre todo si hay beneficio económico.
Tres modelos internacionales, uno centrado en las personas
El académico comparó los tres referentes internacionales de regulación: Estados Unidos, China y la Unión Europea representan enfoques distintos; mientras algunos modelos priorizan el desarrollo tecnológico y otros ponen mayor atención en los proveedores de servicios, consideró que el esquema europeo destaca por colocar a las personas y sus derechos fundamentales en el centro de la legislación.
En el caso de México, indicó que aún no existe una ley general que regule de manera integral la inteligencia artificial, aunque hay propuestas en el Congreso de la Unión para establecer un marco federal. A su juicio, contar con criterios generales permitiría evitar disposiciones aisladas y construir una regulación coherente con los derechos humanos.
Supervisión humana: el punto que traslada la discusión al despacho
Rodríguez Corona fue tajante en el punto que más toca la práctica diaria: las decisiones apoyadas en inteligencia artificial no deben depender exclusivamente de los resultados que arrojan los sistemas, sino que requieren valoración y supervisión humana. "Es fundamental que sea auxiliar en el quehacer diario, como en la justicia, siempre y cuando no dependa totalmente de su autonomía; tiene que estar siempre supervisada por personas", puntualizó.
Esa advertencia coincide con la línea que ya marcan los órganos jurisdiccionales en México: el código de ética del PJEdomex con directrices de IA prohíbe delegar la decisión judicial a sistemas automatizados, y la lógica de supervisión humana en flujos de IA es la misma que un despacho debe aplicar a sus propios procesos.
Uso profesional: facilitar sin delegar
En el ejercicio profesional, añadió el catedrático, la IA puede facilitar tareas como la administración de expedientes, la elaboración de contratos y la preparación de documentos jurídicos, pero debe utilizarse bajo revisión de profesionales, porque puede producir información incorrecta, referencias inexistentes o documentos con deficiencias. Es exactamente el riesgo que cubre una política interna de uso de IA en el despacho: casos permitidos, verificación obligatoria y responsable humano de cada salida.
Rodríguez Corona también llamó a abrir espacios de diálogo con especialistas, universidades, desarrolladores y otros sectores para construir propuestas con mayor sustento técnico, y destacó que el reto no es solo regular, sino hacerlo de manera equilibrada: aprovechar los beneficios sin dejar de proteger a las personas.
Preguntas frecuentes
¿México tiene una ley general de inteligencia artificial?
No. Según el especialista entrevistado, existen propuestas en el Congreso de la Unión para un marco federal, pero aún no hay una ley general integral.
¿Qué riesgos jurídicos concretos señaló la UASLP?
Sesgos algorítmicos discriminatorios, responsabilidad por daños derivados del uso de IA, protección de datos personales y derechos de autor, imagen y voz.
¿Qué modelo regulatorio destacó el académico?
El de la Unión Europea, por colocar a las personas y sus derechos fundamentales en el centro de la legislación.
¿Qué recomienda para el uso de IA en la práctica jurídica?
Que la IA sea auxiliar y esté siempre supervisada por personas: no depender totalmente de su autonomía, especialmente en la impartición de justicia.
¿Qué puede hacer un despacho mientras llega la regulación?
Adoptar reglas propias: definir qué usos están permitidos, exigir verificación humana de cada salida, documentar las decisiones y capacitar al equipo, sin esperar a que exista la ley general.
El contexto de la advertencia académica
La preocupación de la UASLP por el desfase regulatorio se inscribe en una discusión que las facultades de derecho mexicanas sostienen desde hace meses: la IA ya está en los escritos, las investigaciones y las decisiones administrativas, mientras el marco jurídico avanza a la velocidad legislativa de siempre. El valor de estas voces académicas es documentar con casos lo que la anécdota profesional ya sabe: los despachos usan las herramientas sin reglas claras y los tribunales empiezan a encontrarse con sus productos.
Para el practicante, la brecha regulatoria tiene una consecuencia concreta: la diligencia debida no puede esperar a la ley. Mientras el marco llega, la defensa frente a reclamos por el uso de IA se apoyará en los deberes generales de siempre —confidencialidad, lealtad, cuidado profesional— aplicados a herramientas nuevas. El abogado que documenta hoy sus controles estará mejor parado que el que improvisa cuando la regulación aterrice con su primera interpretación.
Fuentes y límites
Esta nota se basa en la entrevista publicada por Realidad San Luis el 25 de octubre de 2026 (URL citada en el encabezado, consultada el 29 de octubre de 2026). Las opiniones citadas pertenecen al académico entrevistado; no se contrastaron con una fuente legislativa sobre el estado específico de cada iniciativa en el Congreso. Información, no asesoramiento jurídico.


