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Jurar como abogado en Chile: requisitos y pasos ante la Corte Suprema

El artículo 520 del COT fija los requisitos; el juramento ante la Corte Suprema es el último paso de un proceso que toma años.

Nuevo abogado firmando el libro de juramentos ante la Corte Suprema de Chile
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Para jurar como abogado en Chile hay que cumplir los requisitos del artículo 520 del Código Orgánico de Tribunales y completar un proceso que termina con el juramento ante la Corte Suprema en audiencia pública. Esta guía práctica resume los requisitos y los pasos, dentro de nuestra sección de abogacía independiente en Chile.

Los requisitos del artículo 520 del COT

El artículo 520 del COT fija los requisitos para ser abogado: ser chileno o tener residencia definitiva, haber obtenido el grado de licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, haber cumplido la práctica profesional y haber aprobado el examen de grado conforme a la ley.

A estos requisitos formales se suma el informe favorable de la Corte de Apelaciones respectiva y la aprobación final de la Corte Suprema, que es la que autoriza el juramento.

Los pasos del proceso

El camino típico tiene cuatro etapas. Primero, la licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales en una universidad reconocida. Segundo, la práctica profesional en la Corporación de Asistencia Judicial o en otra institución habilitada, con la duración que fija la ley. Tercero, el examen de grado y la obtención de la licenciatura. Cuarto, la solicitud a la Corte Suprema, el informe de la Corte de Apelaciones y, finalmente, la audiencia pública de juramento, como la celebrada el 16 de octubre de 2026.

Qué habilita el juramento

El juramento habilita para el ejercicio pleno de la profesión: patrocinio, comparecencia ante tribunales y el ejercicio de todas las facultades del abogado, con los deberes que la fórmula del juramento impone, incluidos la probidad y el secreto profesional.

Para quienes ya juraron y se independizan, la sección de abogacía de autónomos reúne los contenidos del primer ejercicio.

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos exige el artículo 520 del COT?

Ser chileno o tener residencia definitiva, haber obtenido el grado de licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, haber cumplido la práctica profesional y haber aprobado el examen de grado conforme a la ley.

¿Dónde se presta el juramento de abogado?

Ante la Corte Suprema en audiencia pública, conforme a los artículos 521 y 522 del Código Orgánico de Tribunales.

¿Qué habilita el juramento?

El ejercicio pleno de la profesión: patrocinio, comparecencia ante tribunales y el ejercicio de las facultades del abogado, con los deberes de probidad y secreto profesional.

Tiempos y planificación

El proceso completo toma años: la licenciatura es de cinco años, la práctica profesional de seis meses, y el trámite ante la Corte puede tomar meses adicionales según el calendario de audiencias. La planificación correcta es anticipar el trámite final con tiempo: reunir los antecedentes, revisar los requisitos específicos y presentar la solicitud con la documentación completa, porque una solicitud incompleta atrasa el juramento.

Errores frecuentes

Los errores más comunes son de trámite: antecedentes incompletos, certificados vencidos, plazos perdidos. La recomendación práctica es llevar un control de los requisitos y las fechas desde el inicio de la práctica, no al final, y confirmar con la Corte los requisitos vigentes antes de presentar la solicitud.

Después del juramento

El juramento habilita para ejercer, pero el ejercicio real exige decisiones inmediatas: iniciar actividades, elegir la forma de práctica y comenzar a construir la cartera de clientes. Para quienes toman ese camino, la sección de abogacía de autónomos ordena los primeros pasos, y la de empleo jurídico da referencias de ingresos para planificar.

Fuentes y límites

Guía general del proceso; los requisitos y pasos concretos deben confirmarse ante la Corte Suprema y la universidad. Información, no asesoramiento jurídico.

Fuentes

  1. Código Orgánico de Tribunales, artículo 520, LegalAtlas. Consultada el 22 de octubre de 2026.
  2. Juramento de abogados ante la Corte Suprema, Veredictum. Consultada el 22 de octubre de 2026.

Los datos concretos de este artículo proceden de las fuentes oficiales citadas.

Redacción Agente Lex Redacción

Equipo editorial de AGENTE LEX. Elaboramos análisis y actualidad para la abogacía a partir de fuentes públicas y oficiales, que enlazamos al final de cada artículo.

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