La Suprema Corte fija plazos al INAU y a los juzgados por los niños que permanecen hospitalizados sin razón médica
La acordada del 8 de octubre califica la situación como potencial «violencia institucional» y ordena coordinación entre el INAU, el Pereira Rossell y los juzgados.

La Suprema Corte de Justicia aprobó el 8 de octubre una acordada que fija plazos concretos al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), al Centro Hospitalario Pereira Rossell y a los juzgados para resolver una situación que el propio máximo órgano judicial describe como de potencial «violencia institucional»: niños y adolescentes judicializados de hasta 15 años que, una vez recibida el alta médica, permanecen días o semanas internados porque ninguna institución resuelve su destino.
Qué ordena la acordada
La acordada, divulgada por el Poder Judicial y reportada por El País, establece plazos de 12 horas, 24 horas y 10 días para distintas actuaciones del INAU y del hospital cuando un menor judicializado es dado de alta en el Pereira Rossell. La Corte determina que la falta de una alternativa de cuidado no justifica por sí sola mantener a un niño hospitalizado.
El documento incorpora además unas «Orientaciones para la coordinación interinstitucional en el abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes asistidos en el CHPR que requieren atención pediátrica inmediata». El procedimiento cubre a menores de 0 a 15 años asistidos por emergencia pediátrica o servicios ambulatorios en los que se detecta una amenaza o vulneración de derechos que exige un abordaje coordinado entre el hospital, el INAU y, eventualmente, la Justicia.
Un límite relevante: la acordada no establece multas ni sanciones específicas para los organismos o funcionarios que incumplan los plazos.
La magnitud del problema
En abril de 2025, el director del Pereira Rossell, Gustavo Giachetto, sostuvo que entre el 30% y el 40% de los niños y adolescentes hospitalizados permanecían en el centro pese a contar con el alta médica, porque no tenían una familia constituida o un referente que pudiera hacerse cargo de ellos fuera del hospital.
La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) volvió sobre la situación en febrero de 2026 y la definió como un problema estructural. Según la institución, que venía advirtiendo sobre el fenómeno desde 2017, las causas incluyen la insuficiencia de alternativas de acogimiento, dificultades de coordinación entre organismos, demoras administrativas y judiciales, y problemas para planificar los egresos.
El propio texto de la Corte reconoce que la permanencia hospitalaria se prolonga por «la ausencia de respuestas oportunas del sistema de protección», por dificultades para implementar medidas de protección ya dispuestas o por la espera de decisiones judiciales.
Por qué importa para la práctica
La acordada crea un estándar operativo que los abogados de familia y de niñez pueden invocar: los plazos de 12 horas, 24 horas y 10 días son ahora el parámetro oficial para exigir respuestas del sistema de protección cuando un menor judicializado permanece hospitalizado sin razón médica. La ausencia de sanciones expresas no elimina el instrumento: la responsabilidad administrativa y judicial por el incumplimiento sigue los cauces ordinarios.
Nuestra columna de opinión analiza si los plazos sin sanción alcanzan para cambiar el sistema. Para el contexto de las acciones de protección en Uruguay, véase la guía del recurso de inconstitucionalidad y el resto de nuestra cobertura de actualidad uruguaya.
El caso no es aislado en la agenda de la Corte: el máximo tribunal viene usando las acordadas como instrumento de gestión de políticas judiciales internas, y esta incorpora además la coordinación con actores estatales ajenos al Poder Judicial. El alcance real dependerá del seguimiento que hagan los actores del sistema y de la prensa especializada en los próximos meses.
Fuentes y límites
Nota elaborada a partir del reporte de El País (19 de octubre de 2026) sobre la acordada de la Suprema Corte de Justicia del 8 de octubre. El texto íntegro de la acordada y las orientaciones de coordinación deben consultarse en el Poder Judicial. Información, no asesoramiento jurídico.
Fuentes
- La Suprema Corte obliga al INAU y a juzgados terminar con el limbo que sufren varios niños que son hospitalizados, El País. Consultada el 23 de octubre de 2026.
Los datos concretos de este artículo proceden de las fuentes oficiales citadas.