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Servidumbre: qué es y significado jurídico
Gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro que pertenece a distinto dueño.
Ideas clave
- El inmueble favorecido es el predio dominante.
- El que soporta la servidumbre es el predio sirviente.
Texto oficial
Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), Art. 530 · vigente desde 16/08/1889 · fuente boe.es
Artículo 530.
La servidumbre es un gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño.
El inmueble a cuyo favor está constituida la servidumbre se llama predio dominante; el que la sufre, predio sirviente.
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