Actualidad del sector

La SCJN valida la ley de ciencias de 2023 y fija criterio para más de 90 amparos

El Pleno avaló el marco de 2023 que prioriza al sector público en los apoyos del SNII, con una interpretación conforme de los artículos 34 y 41. La ministra Loretta Ortiz Ahlf votó en contra.

Foto editorial: SCJN ley de ciencias, fachada del máximo tribunal mexicano
Imagen generada con IA

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el 19 de octubre de 2026 la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación de 2023, al resolver dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por legisladores de la oposición. El proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra se aprobó por siete votos contra uno, con el voto en contra de la ministra Loretta Ortiz Ahlf. La resolución fija además un criterio para que tribunales inferiores resuelvan más de 90 amparos de investigadores de instituciones privadas que consideraban discriminatoria la ley.

El comunicado 146 de la Corte resume el resultado: validación del marco normativo en materia de ciencia e innovación e invalidación de disposiciones fiscales destinadas a la Universidad Autónoma de Nayarit. Es una de las decisiones de mayor alcance del año para el ecosistema mexicano de investigación y para el contencioso constitucional, un tema que seguimos en la actualidad jurídica de México.

Qué se discutía

La ley de 2023 reorganizó la política pública de ciencia y tecnología y condicionó los apoyos económicos del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores a criterios que dan prioridad a las instituciones públicas. Investigadores adscritos a universidades y centros privados impugnaron el esquema por considerarlo discriminatorio, y el caso llegó al Pleno a través de dos acciones de inconstitucionalidad.

La interpretación conforme que salvó la ley

La ponencia de la ministra Herrerías Guerra resolvió el debate mediante una interpretación conforme a la Constitución de dos preceptos impugnados. Según explicó la propia ministra en sesión, el artículo 41 permite apoyos gubernamentales a investigadores de instituciones no públicas cuando realizan actividades sustantivas -docencia de cursos o coordinación de programas, entre otras- en instituciones públicas, y el artículo 34 habilita esos estímulos cuando los proyectos se vinculan con las prioridades de la agenda nacional.

El Pleno concluyó que la ley busca utilizar eficientemente los recursos públicos y orientar la investigación hacia prioridades nacionales y el beneficio social. También avaló los programas de becas de posgrado y de estancias posdoctorales: aunque la norma garantiza recursos a estudiantes de instituciones públicas y condiciona los de las privadas a que no cobren colegiaturas, la Corte estimó que la diferencia no es discriminatoria porque las becas se destinan a manutención y se asignan conforme a la disponibilidad presupuestaria.

Sobre la libertad de cátedra, el Pleno rechazó la violación alegada: la ley fija prioridades de la agenda nacional y coordina políticas con las entidades federativas, pero -según la resolución- no impone contenidos, metodologías ni líneas de investigación.

El voto disidente y los amparos pendientes

La ministra Ortiz Ahlf, única en votar contra las restricciones, sostuvo que no todas las instituciones privadas persiguen fines de lucro y citó su propia trayectoria en la Escuela Libre de Derecho, donde declaró haber impartido clases durante 44 años sin cobrar. El ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía se excusó de participar: antes de llegar a la Corte había promovido uno de los amparos relacionados.

El efecto práctico inmediato es el criterio fijado para los más de 90 amparos de investigadores pendientes en tribunales inferiores, que deberán resolverse conforme a la interpretación validada. Para localizar los expedientes y seguirlos, puede ser útil la guía para consultar sentencias y expedientes de la SCJN. El uso de herramientas digitales por los despachos para este seguimiento se trata en el análisis de la BMA sobre equipos jurídicos e IA.

Fuentes y límites

Fuentes: listado de comunicados de prensa de la SCJN (comunicado 146) y nota de La Jornada del 19 de octubre de 2026, ambas consultadas el 20 de octubre de 2026. El detalle completo de la sentencia solo constará en el texto que publique la propia Corte; este artículo describe lo declarado en sesión y en los comunicados. Información, no asesoramiento jurídico.

Fuentes

  1. Comunicados de prensa, Suprema Corte de Justicia de la Nación (comunicado 146). Consultada el 20 de octubre de 2026.
  2. SCJN valida ley de ciencias que restringe apoyos económicos del Sistema Nacional de Investigadores a privados (La Jornada). Consultada el 20 de octubre de 2026.

Los datos concretos de este artículo proceden de las fuentes oficiales citadas.

Redacción Agente Lex Redacción

Equipo editorial de AGENTE LEX. Elaboramos análisis y actualidad para la abogacía a partir de fuentes públicas y oficiales, que enlazamos al final de cada artículo.

Ver ficha y artículos →