Publicidad del abogado: qué permite y qué prohíbe el Código Deontológico a quien ejerce por su cuenta
La publicidad de los servicios del abogado es libre, pero tiene límites. El artículo 6 del Código Deontológico de la Abogacía Española los enumera uno por uno. Para quien ejerce solo y depende de su web o de sus redes para captar clientes, conviene conocerlos bien.

