Defensa deberá indemnizar a un coronel absuelto tras 77 días de prisión preventiva: la responsabilidad estatal también alcanza a la Justicia Militar
Un coronel que pasó 77 días en prisión preventiva y luego fue absuelto recibirá una indemnización del Ministerio de Defensa: 800.000 pesos por daño moral, además de salarios y gastos.

Un coronel que pasó 77 días en prisión preventiva y luego fue absuelto recibirá una indemnización del Ministerio de Defensa: 800.000 pesos por daño moral, además de salarios y gastos. El fallo civil, del que informa El País el 3 de noviembre sin publicar su texto íntegro, aplica la ley que reconoce el derecho a indemnización cuando una persona estuvo en prisión preventiva y después no recibió una condena a una pena de cárcel por un período igual o mayor, y entiende que la responsabilidad del Estado «también rige si la prisión fue ordenada por la Justicia Militar».
Del Sinaí a la prisión preventiva
En 2011, mientras comandaba un contingente uruguayo en la península del Sinaí (Egipto), el coronel dijo haber detectado irregularidades en las cuentas de la unidad. Según relató en su demanda posterior contra el Ministerio de Defensa, informó a sus superiores y pidió que se investigara a tres oficiales, pero quien terminó repatriado fue él. Sostuvo que la primera investigación sobre el manejo de los fondos no incluyó una auditoría, y que una auditoría posterior, tras una nueva denuncia, sí detectó irregularidades que no habían surgido en el primer procedimiento.
En diciembre de 2015 el militar quedó emplazado por la Justicia Militar y en julio de 2018 el Juzgado Militar de Instrucción de 2º Turno lo procesó con prisión por un presunto delito de ataque a la fuerza moral del Ejército y de la Marina, en una causa que incluía acusaciones de amenazas a subordinados. Pasó 77 días recluido en una unidad militar hasta obtener la libertad provisional. En setiembre de 2020 ese mismo juzgado lo absolvió, y el Supremo Tribunal Militar confirmó la decisión en noviembre de 2021.
La demanda civil y las defensas del Estado
Ya absuelto, el coronel demandó al Ministerio de Defensa por los daños que atribuyó a la prisión preventiva: la afectación de su honor y de su carrera - que le impidió, entre otras cosas, asistir a clases de Abogacía - , los honorarios de los abogados que lo defendieron en la causa penal y lo asistieron para cuestionar su calificación anual de 2018, en la que fue evaluado como «deficiente», y la demora en devolverle una garantía depositada para viajar a una misión de paz.
Defensa pidió rechazar el reclamo: argumentó que había elementos iniciales para procesarlo, que la absolución no probaba por sí sola un error judicial, y que algunos rubros habían prescrito o caducado. La jueza desestimó esas defensas y aplicó la ley de indemnización por prisión preventiva sin condena posterior, con la precisión de que la responsabilidad patrimonial del Estado alcanza también a las decisiones de la Justicia Militar.
Por qué importa
El fallo refuerza un criterio relevante para la práctica contenciosa: la garantía indemnizatoria por prisión preventiva indebida no se detiene en la frontera de la jurisdicción militar. Para los estudios que litigan responsabilidad patrimonial del Estado, el precedente ordena revisar con detalle plazos, rubros reclamables (daño moral, honorarios, lucro cesante) y el estándar que la jurisdicción exige para acreditar el perjuicio.
Fuente: El País (3 de noviembre de 2026). Los detalles proceden de su crónica; Agente Lex no ha podido contrastar el texto íntegro del fallo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto deberá pagar el Ministerio de Defensa?
800.000 pesos por daño moral, además de salarios y gastos, según informó El País.
¿Cuánto tiempo estuvo preso el coronel?
77 días de prisión preventiva en una unidad militar, hasta obtener la libertad provisional. Luego fue absuelto y el Supremo Tribunal Militar confirmó la absolución en noviembre de 2021.
¿Qué novedad tiene el fallo?
Que la responsabilidad del Estado por prisión preventiva sin condena posterior también rige cuando la prisión fue ordenada por la Justicia Militar, y no solo por la justicia ordinaria.
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Fuentes
- El País. Consultada el 4 de noviembre de 2026.
Las fuentes utilizadas se identifican en esta lista; las crónicas periodísticas se atribuyen a su medio de origen.


