El Decreto 255/026 ajusta la reglamentación del IRNR sobre dividendos a no residentes
El decreto sustituye los artículos 6, 7 y 22 del Decreto 149/007 y fija la tasa del 7% para los dividendos del literal C del artículo 19 del Título 8.
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El decreto sustituye los artículos 6, 7 y 22 del Decreto 149/007 y fija la tasa del 7% para los dividendos del literal C del artículo 19 del Título 8.
La opción exige no residencia fiscal en los últimos cinco ejercicios y presencia física efectiva de al menos dos tercios del año civil.
Tres condiciones, dos opciones y una planificación que no admite improvisación.