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Fianza: qué es y significado jurídico

Obligación de pagar o cumplir por un tercero cuando este no lo hace.

Ideas clave

  • Si el fiador se obliga solidariamente con el deudor principal, se aplican las reglas de las obligaciones solidarias que remite el propio artículo.

Texto oficial

Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), Art. 1822 · vigente desde 16/08/1889 · fuente boe.es

Artículo 1822.

Por la fianza se obliga uno a pagar o cumplir por un tercero, en el caso de no hacerlo éste.

Si el fiador se obligare solidariamente con el deudor principal, se observará lo dispuesto en la sección 4.ª, capítulo III, título I, de este libro.

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vigencia_desde = fecha de entrada en vigor de la versión vigente según BOE, no fecha de publicación ni de consulta. Ninguna versión con vigencia futura en estos artículos a 21/10/2026.

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