Actualidad del sector

La SCJN valida prohibir la venta de comida chatarra en todo el sistema educativo, incluidas las universidades

El Pleno respaldó los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación y los lineamientos del DOF de 30 de septiembre de 2024: el derecho a la alimentación no distingue por edad.

SCJN comida chatarra universidades, edificio de la Suprema Corte de México
Imagen generada con IA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el lunes 12 de octubre la prohibición de vender "comida chatarra" en todas las escuelas del Sistema Educativo Nacional, incluidas las universidades. El Pleno negó por unanimidad tres amparos promovidos por empresas que sostenían, entre otros argumentos, que los universitarios -al ser mayores de edad- pueden decidir libremente qué consumir. Es una de las resoluciones con más alcance regulatorio del año y se suma a la actualidad jurídica de México.

Los tres amparos negados

Según el reporte de la sesión pública, el Pleno rechazó los amparos en revisión promovidos por Maison Kayser México, Mega Vending de México y Compañía Embotelladora del Fuerte. Los dos primeros proyectos fueron de la ministra María Estela Ríos González y el tercero de la ministra Lenia Batres Guadarrama; los tres fueron aprobados por unanimidad. La difusión oficial de la Corte identificó los asuntos como los amparos en revisión 127/2026, 183/2026 y 91/2026, y emitió el comunicado 100/2026 sobre la constitucionalidad de las medidas.

Durante la sesión, el ministro Giovanni Figueroa Mejía resumió el razonamiento mayoritario: las empresas quejosas "se equivocan al sostener que el Estado sólo está obligado a garantizar la alimentación saludable de las personas menores de edad, pero no de quienes ya son mayores de 18 años", porque la ley fundamental "reconoce el derecho de toda persona a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, sin hacer distinción alguna por razón de la edad".

Base normativa respaldada

La resolución respaldó las facultades conferidas a la Secretaría de Educación Pública por los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación, reformados en diciembre de 2023, para regular la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas en centros escolares, conforme a los lineamientos publicados el 30 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación. La ponente Ríos González precisó en la sesión que los lineamientos "no prohíben de manera absoluta la comercialización de alimentos y bebidas, únicamente regulan su venta dentro de los centros escolares".

El ministro Irving Espinosa Betanzos añadió que la edad de los estudiantes resulta irrelevante porque el Estado no decide qué consumir sino qué se vende en las escuelas: "esa capacidad de elegir permanece intacta". El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz citó cifras oficiales de salud pública: sobrepeso y obesidad afectan a cerca de tres cuartas partes de la población adulta, al 40% de los jóvenes y al 36% de los niños.

El matiz de la autonomía universitaria

Aunque la votación fue unánime, la sesión registró una diferencia relevante: la ministra Yasmín Esquivel Mossa anunció un voto particular y se apartó de los párrafos 103 a 106 del proyecto, al considerar que los lineamientos vulneran la autonomía universitaria: "no podemos englobar a todas las instituciones de educación superior bajo un mismo tratamiento, en tanto las leyes que rigen a algunas de ellas les otorgan autonomía". Ríos González respondió que "la autonomía universitaria no implica una exclusión absoluta del marco normativo expedido por el Estado en materias de salud", y Batres precisó que los párrafos cuestionados no imponen sanción alguna a las autoridades universitarias. El alcance exacto de ese matiz solo se conocerá con el texto íntegro de las sentencias.

Por qué importa para operadores y abogados

Para universidades y concesionarios de cafeterías, la decisión del Pleno obliga a revisar contratos de suministro y puntos de venta en todos los niveles educativos. Para los despachos, es una resolución relevante en materia de regulación sanitaria y derecho alimentario, con efectos sobre la interpretación del artículo 4o. constitucional. Queda en el mismo registro de control constitucional que la reciente validación de la Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación. Para entender el instrumento que resolvió el caso, consulta la guía sobre qué es el juicio de amparo en México.

Preguntas frecuentes

¿Qué decidió exactamente la SCJN?

El Pleno negó por unanimidad los amparos de tres empresas y avaló que la SEP regule la venta de alimentos y bebidas en todo el Sistema Educativo Nacional, incluidas las universidades, conforme a los lineamientos del 30 de septiembre de 2024.

¿Cuándo se resolvió?

En la sesión pública del Pleno del lunes 12 de octubre de 2026, con proyectos de las ministras María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama.

¿Las universidades autónomas también quedan cubiertas?

La mayoría sostuvo que ninguna institución del sistema educativo queda exenta del marco de salubridad general, pero la ministra Esquivel anunció un voto particular sobre el alcance en las universidades autónomas. El detalle fino solo se confirmará con el texto íntegro de las sentencias, pendiente de publicación al cierre de esta nota.

Fuentes y límites

Fuentes: reporte de la sesión pública del Pleno del 12-10-2026 en La Jornada (13-10-2026) y Confitexpo Informa (19-10-2026); Síntesis Informativa oficial de la SCJN del 14-10-2026, que confirma la resolución y la emisión del comunicado 100/2026. Las citas de los ministros provienen del reporte periodístico de la sesión, no del texto de las sentencias, cuya versión íntegra aún no había sido publicada por la SCJN al momento de esta nota. Información, no asesoramiento jurídico.

Fuentes

  1. Aprueba la Corte veto a comida chatarra en todos los niveles de enseñanza (La Jornada, 13-10-2026). Consultada el 21 de octubre de 2026.
  2. Síntesis Informativa SCJN, 14-10-2026 (oficial). Consultada el 21 de octubre de 2026.
  3. Valida Corte prohibir "comida chatarra" en todo el Sistema Educativo Nacional, incluidas universidades (Confitexpo Informa). Consultada el 21 de octubre de 2026.

Los datos concretos de este artículo proceden de las fuentes oficiales citadas.

Redacción Agente Lex Redacción

Equipo editorial de AGENTE LEX. Elaboramos análisis y actualidad para la abogacía a partir de fuentes públicas y oficiales, que enlazamos al final de cada artículo.

Ver ficha y artículos →