La Abogacía General del Estado convoca su concurso general de méritos: 54 puestos y plazo de solicitudes de 15 días hábiles
Las solicitudes se presentan por el Portal Funciona, con certificado electrónico, en un plazo de quince días hábiles desde la publicación de la convocatoria.

El Boletín Oficial del Estado de este sábado, número 264 de 24 de octubre de 2026, publica la Resolución de 19 de octubre de la Abogacía General del Estado por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo con vocación de permanencia. El anexo de la resolución recoge 54 puestos, la mayoría en Madrid, en cuerpos y niveles propios de la carrera funcionarial del organismo, con perfiles como jefaturas de negociado y jefaturas de servicio.
Se trata del instrumento ordinario de movilidad y promoción interna de los abogados del Estado, un proceso que se repite con periodicidad y que condiciona la distribución de destinos en los ministerios y en las delegaciones territoriales. Para el conjunto de la abogacía es una noticia de actualidad profesional: cada convocatoria mueve decenas de destinos y anticipa vacantes encadenadas en los servicios territoriales.
Qué se convoca y a quién va dirigido
El concurso se rige por las bases de participación habituales en la Abogacía General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 1373/2013, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Abogacía General del Estado. Pueden participar los funcionarios y funcionarias de carrera del cuerpo que acrediten las situaciones administrativas y los requisitos de permanencia mínima exigidos en las bases, entre ellos haber transcurrido al menos dos años desde el inicio de determinadas situaciones de destino.
La valoración se realiza por baremo de méritos: los candidatos acreditan su trayectoria mediante los certificados expedidos por el órgano competente en materia de personal (anexo IV) y, en su caso, los certificados de méritos específicos firmados por el responsable de la unidad donde hayan prestado servicios (anexo V).
Plazos y forma de presentación
El dato operativo más importante: las solicitudes se presentan en un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE. Publicada el sábado 24 de octubre, el cómputo arranca el lunes 26 de octubre. La solicitud se ajusta al modelo del anexo III y se dirige al Abogado General del Estado del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
El cauce ordinario es el Portal Funciona (Recursos Humanos, apartado de servicios de RRHH), y resulta imprescindible acreditar la identidad con certificado electrónico, DNI electrónico o certificado de la FNMT. Solo de forma excepcional, cuando no sea posible la presentación telemática, cabe acudir a los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, aportando documentación que acredite la imposibilidad técnica.
Quien se plantee participar debería comprobar ya que su certificado electrónico está operativo: los vencimientos de certificados en la última semana de plazo son una causa clásica de solicitudes fuera de tiempo, y la resolución exige justificar la imposibilidad técnica para usar el registro presencial.
Destinos adjudicados: cese e incorporación
Las bases fijan reglas estrictas para la toma de posesión. Los destinos adjudicados son irrenunciables salvo causa justificada, y el cese en el puesto anterior se produce con la toma de posesión, aunque la persona titular de la subsecretaría del departamento de origen puede diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debidamente motivado. Cuando el nuevo destino implica cambio de residencia, el subsecretario del departamento de acogida puede conceder una prórroga de incorporación de hasta otros veinte días hábiles, a solicitud de la persona interesada.
Estos plazos importan también a los servicios: la cobertura temporal de los puestos que quedan vacantes se encadena con esta misma lógica, de modo que una sola adjudicación suele provocar dos o tres movimientos sucesivos en las jefaturas territoriales.
Un proceso al que conviene seguir la pista
Para los abogados del Estado en activo, el concurso general de méritos es la vía habitual de promoción y de cambio de destino, y su calendario condiciona la planificación de carrera dentro del cuerpo. Para el resto de la abogacía, estas convocatorias ofrecen una radiografía útil de dónde se refuerza la Abogacía del Estado. La carrera hacia la función pública jurídica sigue otros cauces, como la ampliación de la planta judicial y fiscal con 700 plazas o la convocatoria del turno de juristas del Tribunal Supremo para abogados con quince años de ejercicio, mientras que el primer peldaño del ejercicio sigue siendo la prueba de acceso a la abogacía y su formato.
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Fuentes
- Resolución de 19 de octubre de 2026, de la Abogacía General del Estado (BOE núm. 264, de 24 de octubre). Consultada el 25 de octubre de 2026.
Los datos concretos de este artículo proceden de las fuentes oficiales citadas.


