El Constitucional avala la conciliación obligatoria a los grandes tenedores para reactivar los desahucios suspendidos
La exigencia de acudir a conciliación antes de reactivar determinados desahucios suspendidos supera el control constitucional, según la información de elEconomista sobre la STC 64/2026, de 23 de septiembre.

La exigencia de acudir a conciliación antes de reactivar determinados desahucios suspendidos supera el control constitucional, según la información de elEconomista sobre la STC 64/2026, de 23 de septiembre.
El supuesto que se mantiene
El requisito afecta a grandes tenedores que pretendan reanudar procesos paralizados bajo las medidas extraordinarias de la pandemia. La sentencia reseñada avala la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, impugnada por la Xunta de Galicia.
El dato que distingue este supuesto de otros requisitos anulados es que la vulnerabilidad del ocupante ya se había apreciado judicialmente. La crónica explica que el tribunal considera proporcionada la carga atendiendo a la posición del gran tenedor y a la función social de la propiedad.
No se exige cerrar un acuerdo. La acreditación puede hacerse mediante el resultado del trámite o, si la Administración no lo atiende en dos meses, mediante declaración responsable y justificante de la solicitud.
Cinco magistrados formularon votos particulares. La discusión se centra en la proporcionalidad de añadir este paso a procesos suspendidos o pendientes de ejecución. Este resumen se basa en la crónica citada, no en una comprobación del texto oficial de la sentencia.
Enlaces relacionados
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Alcance de la fuente: esta noticia se basa en la crónica citada. Agente Lex no ha contrastado aquí el texto íntegro de la resolución.
Fuentes
- eleconomista.es. Consultada el 4 de noviembre de 2026.
Las fuentes utilizadas se identifican en esta lista; las crónicas periodísticas se atribuyen a su medio de origen.


