Actualidad del sector

La DGI ajusta la reducción del IMESI a la nafta en las zonas de frontera

La resolución actualiza los porcentajes tras los relevamientos de precios y rige para las ventas desde el 1 de noviembre.

Imagen generada con IA: persona con uniforme cargando combustible en un auto en una estación de servicio sobre una ruta (escena ilustrativa con personas ficticias)
Imagen generada con IA

La Dirección General Impositiva (DGI) fijó nuevos porcentajes de reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI) aplicables a las enajenaciones de nafta en estaciones de servicio cercanas a los pasos de frontera. La Resolución DGI N° 2430/026, promulgada el 27 de octubre y publicada el 28 de octubre de 2026 en el IMPO, rige para las enajenaciones realizadas a partir del 1 de noviembre de 2026.

Qué fija la resolución

El régimen de fondo viene del Decreto 398/007, que permite reducir hasta un 40% del precio de venta el IMESI de las naftas en estaciones ubicadas en un radio máximo de 20 kilómetros de los pasos de frontera, y del Decreto 68/026, que extendió el régimen a estaciones ubicadas entre 20 y 60 kilómetros, con una reducción del 50% de la prevista para el primer anillo. Según los considerandos de la resolución, la DGI está encargada de realizar los relevamientos y fijar las reducciones con la autorización previa del Ministerio de Economía y Finanzas.

La Resolución 2430/026 fija la reducción en 24% para las enajenaciones de naftas en estaciones ubicadas a un máximo de 20 kilómetros de los pasos de frontera del numeral 1 del artículo 2 del Decreto 398/007, y en 35% para las de los pasos del numeral 2 del mismo artículo. La resolución anterior, la 2195/2026 de setiembre, había fijado 24% para los pasos con Argentina y 32% para los pasos con Brasil. Para las estaciones ubicadas a más de 20 y hasta 60 kilómetros, la reducción es del 50% de la prevista en cada caso.

El mecanismo de ajuste

La DGI fija estos porcentajes por resolución, tras los relevamientos y con la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas, y esta resolución actualiza los valores fijados en setiembre. Para las empresas del sector y sus asesores, la referencia operativa es la última resolución publicada en el IMPO.

Fuente: Resolución DGI N° 2430/026, texto oficial IMPO (promulgada el 27 de octubre y publicada el 28 de octubre de 2026). Información, no asesoramiento jurídico.

Lecturas relacionadas

Redacción Agente Lex Redacción

Equipo editorial de AGENTE LEX. Elaboramos análisis y actualidad para la abogacía a partir de fuentes públicas y oficiales, que enlazamos al final de cada artículo.

Ver ficha y artículos →