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El cártel del cartón afronta una megademanda de 670 millones: 210 empresas agrupan sus reclamaciones ante el Tribunal de Instancia de Valencia

CDC agrupa los créditos de 210 empresas y reclama 670,17 millones a nueve papeleras y su patronal por los sobreprecios del cártel del cartón.

Imagen generada con IA: trabajador con chaleco reflectante moviendo un transpalet con cajas de cartón en un almacén, con rollos de papel al fondo; escena ilustrativa con personas ficticias
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La litigiosidad por daños derivados de cárteles vuelve a dar un salto de escala en España. Cartel Damage Claims (CDC), compañía especializada en reclamaciones por infracciones del derecho de la competencia, ha agrupado los derechos indemnizatorios cedidos por 210 empresas y ha presentado una demanda de 670,17 millones de euros contra nueve fabricantes de cartón ondulado y la patronal del sector, admitida a trámite el pasado 21 de octubre por la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Valencia, según ha publicado El Confidencial.

Nueve grupos papeleros y la patronal, demandados en solidaridad

La demanda se dirige contra sociedades de los grupos Saica, Smurfit Westrock, DS Smith, International Paper, Hinojosa, Petit e Insoca, además de la patronal AFCO, a las que se reclama responsabilidad solidaria por los daños derivados del cártel. Las reclamantes son empresas de sectores como la alimentación, las bebidas, la agricultura, la industria farmacéutica y la logística, que adquirieron embalajes de cartón durante la vigencia de las prácticas.

El cártel del cartón ondulado fue sancionado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2015 con una multa de casi 58 millones de euros. Competencia consideró probado que 18 empresas y AFCO se coordinaron para incrementar precios, repartirse clientes e intercambiar información comercial sensible. La demanda actual se apoya en esa resolución administrativa para reclamar los daños causados a los compradores.

Un pericial sobre 1,4 millones de registros

La reclamación se sustenta en un informe pericial elaborado por GAMES Economics, que ha analizado más de 1,4 millones de registros para calcular el impacto económico de las prácticas. Según ese trabajo, los sobreprecios alcanzaron una media cercana al 11 por ciento durante el funcionamiento del cártel. El estudio sostiene además que los perjuicios se prolongaron más allá de 2013, con un sobreprecio residual estimado entre el 4,9 y el 8,8 por ciento, efecto que se habría mantenido hasta abril de 2015 en las compras realizadas a empresas participantes y hasta octubre de 2014 en las efectuadas a otros proveedores.

La cuantía reclamada incorpora tanto los daños del periodo de funcionamiento del cártel como sus efectos posteriores, además de la actualización de las cantidades hasta el 31 de agosto de 2026 mediante capitalización compuesta. Antes de acudir a los tribunales, las partes intentaron un acuerdo extrajudicial a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC), sin éxito.

El efecto llamada de las reclamaciones de daños

La operación confirma la madurez del modelo de agregación de reclamaciones en España: un vehículo especializado compra o agrupa créditos de cientos de perjudicados, financia el peritaje y el procedimiento y presenta una única demanda de gran cuantía. El movimiento sigue la estela de otras macroreclamaciones contra cárteles sancionados por la CNMC y llega poco después de que el Tribunal Supremo elevara la indemnización tipo a los afectados por el cártel de coches y de que fijara la doctrina sobre prescripción y efecto paraguas en el cártel de la leche. Para los despachos, las reclamaciones de daños por infracción de la competencia se consolidan como una de las líneas de trabajo contencioso con mayor recorrido de la década.

Multas anuladas por un defecto de plazo y el precedente Danone

La resolución de la CNMC de 2015 no está exenta de historia judicial: la Audiencia Nacional anuló las multas por sentencias dictadas entre 2018 y enero de 2019, al acreditar un defecto en el cómputo de los plazos del expediente sancionador (la resolución se aprobó el 18 de junio de 2015 pero no se notificó hasta cinco días después de vencido el plazo máximo legal). La anulación respondió exclusivamente a ese defecto procedimental, sin que el tribunal entrase a examinar el fondo de las conductas. Pese a ello, el Tribunal de Instancia de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona reconoció en abril la existencia de las prácticas anticompetitivas entre 2008 y 2013 y condenó a una empresa del Grupo Petit a indemnizar a Danone con 63.164 euros por daños y 35.181 euros en intereses, según la misma fuente. Además, el 14 de octubre la CNMC abrió una investigación distinta a varias empresas del sector por posibles pactos de no agresión, reparto de clientes y coordinación de precios.

Fuente: El Confidencial (3 de noviembre de 2026), verificado el mismo día.

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Fuentes

  1. elconfidencial.com. Consultada el 3 de noviembre de 2026.

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